¿Quién está exento según la normativa propuesta?
Quedan exentos de todas las obligaciones:
Las instalaciones extranjeras, si los alimentos sufren una fabricación o procesamiento posterior (incluido el envasado) en una otra instalación situada fuera del territorio de los EE.UU.
Esta exención no es válida si las actividades de las instalaciones posteriores se limitan a actividades menores